viernes, 20 de mayo de 2011

PROPUESTA: BENEFICIOS DE ESTAS ACTUACIONES

Gracias este organo, se obtendran los siguientes beneficios en Materia de prevención, salvaguarda  y control en Materia de Igualdad:
  •  Se contribuirá a velar por el cumplimiento del principio de igualdad de trato de mujeres y hombres.
  •  Se permitirá practicar investigaciones ante esa presunta situación de discriminación por razón de sexo en el sector privado.
  •  Se ayudará a conocer la dimensión de la discriminación por razón de sexo y a corregirla.
  •  Se obligará a desarrollar medidas y protocolos para erradicar la discriminación y a implicar en mayor medida a los agentes sociales.
  •  Se podrán  publicar de conformidad con lo establecido en  la protección de datos de carácter personal los resultados de la investigación y recomendaciones o medidas de conciliación que puedan ser oportunas
  •  Se podrá beneficiar a otras personas en situaciones similares.
  • Se penalizaran expresamente  las represalias como consecuencia de una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, que pueda interponer una persona para impedir su discriminación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario